SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0806/2016-S3
Fecha: 09-Ago-2016
concedió
El Juez Tercero de Partido y de Sentencia Penal de El Alto del departamento de La Paz, constituido en Juez de garantías, mediante Resolución AD/007/2016 de 12 de abril, cursante de fs. 24 a 25; concedió la tutela solicitada, con relación al Juez Cuarto de Instrucción en lo Penal -hoy demandado-, disponiendo que en el día se atienda y se resuelva la solicitud del accionante conforme al principio de celeridad y en función a la eficacia de las determinaciones judiciales, en cuanto a la Secretaria del citado Juzgado -ahora codemandada-, denegó la tutela por falta de legitimación pasiva; bajo los siguientes fundamentos: i) El Juez demandado vulneró el derecho a la libertad del hoy accionante, al no haber atendido y resuelto de forma oportuna y acorde al principio de celeridad la solicitud presentada por su abogada defensora con relación al cumplimiento de la condena, así como la remisión de las piezas procesales pertinentes al Juzgado de Ejecución Penal de El Alto de dicho departamento, pues toda petición en la que se encuentra involucrado el derecho a la libertad física o personal debe tramitarse con la mayor celeridad posible o dentro de un plazo razonable, de no hacerlo se provoca una restricción indebida; y, ii) En relación a la codemandada, según la línea jurisprudencial desarrollada por la SC 0332/2010-R de 17 de junio, existe falta de legitimación pasiva del personal subalterno.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- CUMPLIDA LA CONDENA, concedida la libertad condicional o cuando cese la detención preventiva, EL INTERNO SERÁ LIBERADO EN EL DÍA, SIN NECESIDAD DE TRÁMITE ALGUNO
- I.1.2. Derecho supuestamente vulnerado
- a)
- 1)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- acelerar los trámites judiciales o administrativos cuando existen dilaciones indebidas
- el cual se constituye en el mecanismo procesal idóneo para operar en caso de existir vulneración a la celeridad cuando esté relacionada a la libertad y devenga de dilaciones indebidas, que retardan o evitan resolver la situación jurídica de la persona que se encuentra privada de libertad
- EXPIDA MANDAMIENTO DE LIBERTAD POR CUMPLIMIENTO DE CONDENA
- CONFIRMAR