SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0815/2016-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0815/2016-S2

Fecha: 25-Ago-2016

II.2.

II.2.  Del Acta de Audiencia Pública de Fundamentación de Apelación Incidental de Medida Cautelar de 2 de abril de 2015, se colige que: 1) En la fundamentación de su apelación señaló que la Resolución 89/2015 es incongruente, al imponerle fianza económica de Bs5 000.- porque el argumento utilizado por el Juez es una transcripción de lo que dice el  “num. 2) del Art. 235”, más la indicación cuantitativa de los testigos, sin establecer ningún criterio de hecho, prueba, situación de tiempo y espacio que le permita concluir que Carla Marcela Romero Cusicanqui influenciaría negativamente en diecinueve testigos; por lo que no existe causa para la imposición de la fianza económica, por lo que solicitó se revoque aquella resolución; 2) El abogado de Patricia Paola Romero Cusicanqui, señaló que la Resolución impugnada, vulneró sus derechos a la valoración razonable de la prueba y el derecho a la motivación y “concurrencia de las decisiones”; 3) El Juez implementó una fianza económica, sin valorar en cuanto a la ganancia de los ingresos económicos que tiene; y, 4) La Imputación Formal, en ningún momento hace mención de qué forma y en qué tiempo Patricia Paola Romero Cusicanqui, habría intervenido en el proceso penal (fs. 16 a 23 vta.).