Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0816/2016-S3
Fecha: 19-Ago-2016
CONFIRMAR
El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Tercera; en virtud de la autoridad que le confiere la Constitución Política del Estado y el art. 12.7 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional; en revisión, resuelve: CONFIRMAR la Resolución de 26 de abril de 2016, cursante de fs. 28 a 31, pronunciada por la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba; y en consecuencia, DENEGAR la tutela solicitada.
- acción de libertad
- Va a firmar sí o no
- no puedes llevar ya que está retenido
- venga a recoger su ropa del SLIM DE A.v. Suecia se va esperar hasta las 19:30 pm en el SLIM de la A.v. Suecia para que recoja su ropa, previa firma de asistencia familiar usted recogerá su ropa
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- m. Promover acuerdos de asistencia familiar para su homologación, de oficio por autoridad competente;
- Fragmento 13
- III.2.
- por hechos y circunstancias eventualmente
- en los casos en los que se haya dado aviso de una investigación, o si no se dio aviso, que exista vinculación con la presunta comisión de un delito que la pretensión de tutela al derecho a la libertad personal sea conocida y resuelta previamente por un Juez cautelar de turno
- III.3.1. Respecto a la Abogada de la Defensoría de la Niñez y Adolescencia
- III.3.2. Respecto al funcionario policial codemandado
- CONFIRMAR