SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0816/2016-S3
Fecha: 19-Ago-2016
Fragmento 13
La SC 0080/2010-R de 3 de mayo, estableció que: “…los medios de defensa, y en este caso la acción de libertad, no puede ser desnaturalizada en su esencia y finalidad, debiendo evitarse que se convierta en un medio alternativo o paralelo que provoque confrontación jurídica con la jurisdicción ordinaria; por ello, y sin que implique una restricción a sus alcances, ni desconocimiento al principio de favorabilidad, sino para que no pierda su esencia misma de ser un recurso heroico, se ha establecido que en los casos, que en materia penal se impugnen actuaciones no judiciales -antes de la imputación formal- y judiciales -posteriores a la imputación-, a través de la acción de libertad, hay aspectos que se deben tener en cuenta, en los cuales de manera excepcional, no es posible ingresar al fondo de la acción de libertad, a objeto de guardar el equilibrio y complementariedad entre ambas jurisdicciones, en los siguientes supuestos:
- acción de libertad
- Va a firmar sí o no
- no puedes llevar ya que está retenido
- venga a recoger su ropa del SLIM DE A.v. Suecia se va esperar hasta las 19:30 pm en el SLIM de la A.v. Suecia para que recoja su ropa, previa firma de asistencia familiar usted recogerá su ropa
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- m. Promover acuerdos de asistencia familiar para su homologación, de oficio por autoridad competente;
- Fragmento 13
- III.2.
- por hechos y circunstancias eventualmente
- en los casos en los que se haya dado aviso de una investigación, o si no se dio aviso, que exista vinculación con la presunta comisión de un delito que la pretensión de tutela al derecho a la libertad personal sea conocida y resuelta previamente por un Juez cautelar de turno
- III.3.1. Respecto a la Abogada de la Defensoría de la Niñez y Adolescencia
- III.3.2. Respecto al funcionario policial codemandado
- CONFIRMAR