SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0817/2016-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0817/2016-S3

Fecha: 19-Ago-2016

1)

Yiyi García Aliaga, en audiencia, indicó que: 1) El hecho ocurrió el día de “ayer” a horas 16:00 aproximadamente, enterándose por los funcionarios Eduardo Caba Quispe y las dos mujeres, que por llamadas a la central del Tribunal Departamental de Justicia, señalaron que había un disturbio en el interior de la instalación de ese pasillo, y pidieron auxilio de otro oficial, su persona estaba en Presidencia; al constituirse en el lugar, pidió un informe, indicándole que existieron agresiones verbales entre el hoy accionante y Humberto Quispe Poma, dándole parte el custodio de este último señalando que le faltó al respeto el accionante y que le estuvo filmando, solicitando que se lo remita a la oficina correspondiente, porque no tenía atribuciones para arrestar ni aprehender, por lo que condujo a ambas partes, y a llamar a la unidad para que un patrullero se constituya en el lugar y proceda al traslado de ambos, dejando de custodio al funcionario policial Eduardo Caba Quispe, y ordenó que se los lleve al estacionamiento, llamando a dos patrullas; sin embargo, solo se presentó una en la que fue trasladado el ahora accionante y al no llegar la otra, el custodio del imputado agarró un taxi y se trasladaron al mismo módulo policial con el fin de que ambas partes den su versión al tratarse de un hecho en flagrancia;              2) Desconoce lo ocurrido en la oficina de conciliación; y, 3) Actuó como Jefe de Seguridad del Tribunal Departamental de Justicia, por cuanto debe velar por la seguridad del lugar, no pudiendo permitir disturbios, como tampoco puede solucionarlos.