SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0817/2016-S3
Fecha: 19-Ago-2016
1)
Yiyi García Aliaga, en audiencia, indicó que: 1) El hecho ocurrió el día de “ayer” a horas 16:00 aproximadamente, enterándose por los funcionarios Eduardo Caba Quispe y las dos mujeres, que por llamadas a la central del Tribunal Departamental de Justicia, señalaron que había un disturbio en el interior de la instalación de ese pasillo, y pidieron auxilio de otro oficial, su persona estaba en Presidencia; al constituirse en el lugar, pidió un informe, indicándole que existieron agresiones verbales entre el hoy accionante y Humberto Quispe Poma, dándole parte el custodio de este último señalando que le faltó al respeto el accionante y que le estuvo filmando, solicitando que se lo remita a la oficina correspondiente, porque no tenía atribuciones para arrestar ni aprehender, por lo que condujo a ambas partes, y a llamar a la unidad para que un patrullero se constituya en el lugar y proceda al traslado de ambos, dejando de custodio al funcionario policial Eduardo Caba Quispe, y ordenó que se los lleve al estacionamiento, llamando a dos patrullas; sin embargo, solo se presentó una en la que fue trasladado el ahora accionante y al no llegar la otra, el custodio del imputado agarró un taxi y se trasladaron al mismo módulo policial con el fin de que ambas partes den su versión al tratarse de un hecho en flagrancia; 2) Desconoce lo ocurrido en la oficina de conciliación; y, 3) Actuó como Jefe de Seguridad del Tribunal Departamental de Justicia, por cuanto debe velar por la seguridad del lugar, no pudiendo permitir disturbios, como tampoco puede solucionarlos.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- Fragmento 6
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III.1. Subsidiariedad excepcional de la acción de libertad
- En los casos en los que ya se cumplió con dicha formalidad procesal, es decir, con el aviso del inicio de la investigación, al estar identificada la autoridad jurisdiccional, es ante ella donde se debe acudir en procura de la reparación y/o protección a sus derechos. De no ser así, se estaría desconociendo el rol, las atribuciones y la finalidad que el soberano a través del legislador le ha dado al juez ordinario que se desempeña como juez constitucional en el control de la investigación
- III.2. La legitimación pasiva en la acción de libertad
- Respecto a las problemáticas identificadas con los incs. i) y ii)
- Respecto a la problemática identificada en el inc. iii)
- CONFIRMAR