SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0817/2016-S3
Fecha: 19-Ago-2016
Fragmento 6
Kinisch Castagne Arce, en audiencia, señaló que, al salir de la audiencia junto al accionante, detrás salió el imputado Humberto Quispe Poma, quien fue al mostrador; por nuestra parte, teníamos que esperar un exhorto suplicatorio para La Paz, el hoy accionante se percató que el recluso estaba sin manillas, por lo que dijo que filmaría, haciéndolo unos doce minutos hasta que el funcionario policial y el imputado se dieron cuenta, acercándose el policía para reclamarle, a lo que le consultó al mismo del por qué el imputado estaba sin manillas, obteniendo como respuesta que le deje hacer su trabajo; fue entonces, que vociferando el imputado, comenzó a insultar al accionante, y es el preciso momento cuando aparecieron funcionarias policiales y no dejaron que el accionante hable, dichas policías llamaron al “Teniente García”, quien se presentó como Jefe de Seguridad del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, y pensando que fue el accionante quien ocasionó los disturbios, lo arrestaron.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- Fragmento 6
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III.1. Subsidiariedad excepcional de la acción de libertad
- En los casos en los que ya se cumplió con dicha formalidad procesal, es decir, con el aviso del inicio de la investigación, al estar identificada la autoridad jurisdiccional, es ante ella donde se debe acudir en procura de la reparación y/o protección a sus derechos. De no ser así, se estaría desconociendo el rol, las atribuciones y la finalidad que el soberano a través del legislador le ha dado al juez ordinario que se desempeña como juez constitucional en el control de la investigación
- III.2. La legitimación pasiva en la acción de libertad
- Respecto a las problemáticas identificadas con los incs. i) y ii)
- Respecto a la problemática identificada en el inc. iii)
- CONFIRMAR