Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0825/2016-S3
Fecha: 15-Ago-2016
acción de amparo constitucional
En revisión la Resolución 14/2016 de 26 de febrero, cursante de fs. 823 a 827, pronunciada dentro de la acción de amparo constitucional interpuesta por Juan Antonio José Ayoroa Yanguas en representación legal de Clay Pacific Sociedad de Responsabilidad Limitada (S.R.L.) contra Sergio Guillermo Maldonado Arancibia, en representación legal de la empresa DICSA BOLIVIA S.A.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Jurisprudencia referida a la consideración de tutela de derechos vulnerados por medidas o vías de hecho
- debe acreditar su titularidad o dominialidad del bien en relación al cual se ejerció vías de hecho, aspecto demostrado con el registro de propiedad en mérito del cual se genera el derecho de oponibilidad frente a terceros”
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR