SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0836/2016-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0836/2016-S3

Fecha: 10-Ago-2016

concedió

El Juez Mixto de Partido, de Sentencia Penal y de la Niñez y Adolescencia de Cotoca del departamento de Santa Cruz, constituido en Juez de garantías, mediante Resolución 01 de 20 de enero de 2016, cursante de fs. 186 a 187 vta., concedió la tutela solicitada, en base a los siguientes fundamentos: i) El art. 53 del CPCo, establece las causas de improcedencia de la acción de amparo constitucional y el art. 54 del citado Código, prevé la excepción a la regla del principio de subsidiariedad, ante un daño irreparable e irremediable; ii) La accionante tiene domicilio real en la ciudad de Cotoca del indicado departamento conforme a las facturas de luz eléctrica y agua potable, por lo que es competente para resolver la presente acción tutelar; y, iii) Si bien por proveído de 19 de noviembre de 2014, se decretó: “Por radicado y sea con noticia de partes, asi mismo cúmplase con las provisiones contenidas en el Art. 72 del Código Procesal Civil, bajo prevenciones de notificarse por tablero judicial” (sic); sin embargo, el mismo no se le notificó a la accionante, pese a que se ordenó la diligencia a las partes, y al no hacerlo se vulneró sus derechos, causándole indefensión.