SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0843/2016-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0843/2016-S3

Fecha: 19-Ago-2016

II.3.

II.3.  Por escrito presentado el 25 de abril de 2016, el ahora accionante solicitó dar cumplimiento a la normativa, con el objeto de que se resuelva su situación procesal al haber cumplido el 18 del mismo mes y año, las previsiones del     art. 251 del CPP; el cual mereció decreto de 26 del referido mes y año, a través del cual la autoridad hoy demandada señaló “…el oficial de diligencias en el día proceda con la notificación bajo alternativa de remitir antecedentes al Consejo de la Magistratura” (sic [fs. 67 y vta.]).