Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0860/2016-S3
Fecha: 19-Ago-2016
II.2.
II.2. Consta memorial presentado el 17 de junio de 2015, ante la autoridad hoy demandada, a través del cual la parte ahora accionante, solicitó la rectificación y aclaración del citado Auto de Rechazo (fs. 14 a 15 vta.), que fue providenciado el 19 de igual mes y año, indicándole “Estese al Auto de Rechazo…” (fs. 16), decreto que fue notificado el 24 del citado mes y año (fs. 17).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- 1)
- i)
- otorgó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 12
- III.1. Jurisprudencia reiterada sobre el principio de inmediatez en la acción de amparo constitucional
- activa inmediatamente de haberse producido la lesión
- III.2. Análisis del caso concreto
- VÍA RECURSO DE ALZADA PLANTEA NULIDAD
- REVOCAR