Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0206/2016-CA
Fecha: 02-Sep-2016
RATIFICAR
La Comisión de Admisión del Tribunal Constitucional Plurinacional, en virtud a lo establecido por el art. 83.II del Código Procesal Constitucional, resuelve RATIFICAR la Resolución 208 de 12 de agosto de 2016, cursante a fs. 10 y vta., pronunciada por el Juez Público Mixto, de Partido y Sentencia Penal Primero de Samaipata en suplencia legal del Juez de Partido y de Sentencia Penal “Segundo” de Montero ambos del departamento de Santa Cruz; en consecuencia, RECHAZAR la acción de inconstitucionalidad concreta interpuesta por Enrique Conde Gareca, en representación legal de la Caja Nacional de Salud Regional Santa Cruz.
- Juez Público Mixto de Partido y Sentencia Penal Primero de Samaipata
- I.1. Síntesis de la solicitud de parte
- a)
- rechazar
- su revisión por la Comisión de Admisión
- II.2. Marco constitucional y normativo
- II.3. Requisitos que una demanda de inconstitucionalidad concreta debe cumplir
- 4.
- debe precisar con claridad los motivos por los que considera contrario al CPE,
- II.5. Análisis del caso concreto
- i)
- RATIFICAR