AUTO CONSTITUCIONAL 0206/2016-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0206/2016-CA

Fecha: 02-Sep-2016

rechazar

El Juez Público Mixto, de Partido y de Sentencia Penal Primero de Samaipata, en suplencia legal del Juez de Partido y de Sentencia Penal “Segundo” de Montero, ambos del departamento de Santa Cruz, emitió la Resolución 208 de 12 de agosto de 2016, cursante a fs. 10 y vta., mediante la cual determinó rechazar la acción de inconstitucionalidad concreta interpuesta por la CNS Regional Santa Cruz, bajo los siguientes fundamentos: 1) La norma impugnada no vulnera la cualidad de ser imprescindibles los aportes a la seguridad social, pues no afecta al pago de las primas de cotizaciones; 2) No libera del mismo a ninguna persona natural o jurídica de dicha obligación, pues la condonación es sobre recargos y accesorios; y, 3) No es evidente la vulneración denunciada por la entidad accionante, quedando indemne el pago de las primas y cotizaciones al seguro de corto plazo que no ha sido afectado por la disposición impugnada de inconstitucional.