Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0003/2016-CDP
Fecha: 01-Sep-2016
a)
a) La Resolución 83/2010 de 13 de marzo, concedió la tutela demandada a favor de los accionantes y con relación a los daños y perjuicios, dispuso que estos sean determinados previa revisión “…de la presente acción…” (sic); posteriormente, la SCP 0407/2012, aprobó la Resolución supra citada, en ese sentido y con relación a los daños y perjuicios previa revisión de la misma y en aplicación del art. 57 del Código Procesal Constitucional (CPCo), abrió término probatorio para la determinación;