AUTO CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0003/2016-CDP
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0003/2016-CDP

Fecha: 01-Sep-2016

Fragmento 4

En ejecución de la SCP 0407/2012 de 22 de junio, dictada dentro de la acción de amparo constitucional interpuesta por Sebastián Zarzuri Mamani, Yolanda Chaparro de Zarzuri, Policarpio Sillero Condori y María Asunta Mamani de Sillero -ahora accionantes- contra Paulino Huanca Machaca, Néstor Apaza Calamani, Félix Huanca Huanca y “otros” -ahora demandados-, se emitió la Resolución 218/2014, cursante de fs. 318 a 319, a través de la cual el Juez de garantías -Juez Segundo de Partido en lo Civil y Comercial de El Alto del departamento de La Paz- dispuso que los demandados  cancelen la suma de Bs45 200.-, por concepto de calificación de daños y perjuicios a favor de los accionantes, en base a los siguiente fundamentos: