Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0066/2016
Fecha: 01-Sep-2016
I.3.
De acuerdo al AC 0381/2014-CA de 5 de noviembre, cursante de fs. 100 a 106, la Comisión de Admisión de este Tribunal, ratificó la Resolución de 10 de octubre de 2014, pronunciada por el Tribunal Disciplinario Segundo de la Oficina Departamental del Consejo de la Magistratura de Cochabamba, admitió la acción de inconstitucionalidad concreta, ordenando que se ponga en conocimiento del Presidente de la Asamblea Legislativa del Estado Plurinacional de Bolivia, personero del Órgano que generó la norma impugnada, a objeto de que pueda formular los alegatos que considere necesarios, acto que fue cumplido con las diligencias de notificación respectivas.
- Juzgado Segundo Disciplinario de la Oficina Departamental del Consejo de la Magistratura de Cochabamba
- I.1. Contenido de la acción
- a)
- I.3.
- 1)
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La fundamentación como requisito de admisibilidad del control normativo de constitucionalidad
- III.6. Análisis del caso concreto
- IMPROCEDENCIA