Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0066/2016
Fecha: 01-Sep-2016
Juzgado Segundo Disciplinario de la Oficina Departamental del Consejo de la Magistratura de Cochabamba
En consulta la Resolución de 10 de octubre de 2014, cursante a fs. 95 a 97 vta., emitida por el Juzgado Segundo Disciplinario de la Oficina Departamental del Consejo de la Magistratura de Cochabamba, por la que “aceptó” promover la acción de inconstitucionalidad concreta, interpuesta por Pedro Montaño Moya, Juez Agroambiental de Ivirgarzama del mismo departamento, demandando la inconstitucionalidad del art. 188.I.12 de la Ley del Órgano Judicial (LOJ), en la frase: “Por actuar en proceso que no sea de su competencia…”, por ser presuntamente contraria a los arts. 116.II, 178 y 180.I de la Constitución Política del Estado (CPE).
- Juzgado Segundo Disciplinario de la Oficina Departamental del Consejo de la Magistratura de Cochabamba
- I.1. Contenido de la acción
- a)
- I.3.
- 1)
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La fundamentación como requisito de admisibilidad del control normativo de constitucionalidad
- III.6. Análisis del caso concreto
- IMPROCEDENCIA