Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0066/2016
Fecha: 01-Sep-2016
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante denuncia la inconstitucionalidad del numeral 12 del parágrafo I del art. 188 de la LOJ, por vulnerar el derecho al debido proceso, a la igualdad entre las partes ante el Juez, así como la garantía constitucional de independencia judicial, todos estos reconocidos en los arts. 116.II, 178 y 180.I de la CPE, en mérito a que la norma impugnada establece como una falta gravísima para un juez el actuar en un proceso que no sea de su competencia, lo que involucra como una posible sanción a aplicarse la destitución de su cargo, medida que claramente vulnera además el principio de presunción de inocencia y de proporcionalidad, entre la acción y la tipificación como falta gravísima.
- Juzgado Segundo Disciplinario de la Oficina Departamental del Consejo de la Magistratura de Cochabamba
- I.1. Contenido de la acción
- a)
- I.3.
- 1)
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La fundamentación como requisito de admisibilidad del control normativo de constitucionalidad
- III.6. Análisis del caso concreto
- IMPROCEDENCIA