SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0811/2016-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0811/2016-S1

Fecha: 01-Sep-2016

denegó

La Jueza Pública Civil y Comercial Decimosegunda del departamento de Chuquisaca, constituida en Jueza de garantías, por Resolución 04/2016 de 3 de mayo, cursante de fs. 91 a 97 vta., denegó la tutela solicitada bajo los siguientes fundamentos: 1) La declinatoria de competencia resuelta en el caso de autos, cumplió con el procedimiento específico previsto en los “Arts. 11 al 19                            del C.P.C.” (sic) en base al cual las autoridades demandadas determinaron fundamentar que no se habría promovido conflicto de competencias por parte del accionante, por lo que al existir otros mecanismos legales que no han sido formulados, como el conflicto de competencias, concurre un obstáculo procesal que impide el análisis de fondo; y, 2) De acuerdo a los antecedentes, el predio sobre el cual se pretende la nulidad de las minutas de anticipo de legítima y división y partición devienen del proceso de división y partición que fue resuelto en un proceso judicial tramitado en la vía contenciosa por oposición del accionante cuyo fallo se encuentra ejecutoriado; consecuentemente, lo manifestado por las autoridades demandadas respecto a que dicha demanda buscaba realizar un nuevo examen de resoluciones judiciales no es incongruente.