SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0811/2016-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0811/2016-S1

Fecha: 01-Sep-2016

II.3.

II.3.    Por memorial presentado el 18 de noviembre de 2015, Darío Quevedo Hidalgo presentó recurso de casación o nulidad en la forma contra el Auto 53/2015, argumentando: a) La afirmación respecto que se buscó se realice un nuevo examen de las resoluciones judiciales de la jurisdicción ordinaria es falsa, porque nunca solicitó dicho aspecto, ya que su pretensión radicó en la nulidad de la minuta de 1 de junio de 1998 de anticipo de legítima protocolizada a través de testimonio 01/2002, así como de la escritura pública 263/2004, de división y partición; b) Se aplicó erróneamente el art. 39.8 de la LSNRA; y, c) En la parte dispositiva se declinó competencia sin establecer el juez competente, menos aún se remitió obrados al juez tenido por competente (fs. 44 a 46 vta.).