SENTENCIA CONSTITUCIONAL PlurinacionaL 0817/2016-S2
Fecha: 12-Sep-2016
1)
Francisco Romero, Daniel Tito Atahuichi Alvarez y Ximena Katty Joaniquina Bustillos, Jueces Técnicos del Tribunal Segundo de Sentencia Penal del departamento de Pando, presentaron informe escrito el 19 de mayo de 2016, que cursa a fs. 20 y vta., manifestando que: 1) El mismo abogado defensor, presentó recusación contra el Juez Técnico Francisco Romero, quien fue apartado del proceso por la Sala Penal y Administrativa una vez resuelta en grado de consulta; situación de pleno conocimiento de las partes, aludiendo por ello la falta de legitimación pasiva al ser demandado dentro de la acción, pese a no tener inclusive la obligación de informar, en tanto omitió al nuevo Juez Técnico Diego Roca Saucedo a quien no demandó, en virtud a lo cual debe denegarse la tutela, pues no demandó a todos los miembros del Tribunal que tomaron conocimiento del proceso; conforme con las SSCCPP 0264/2014, 0299/2014, 0016/2014-S2 y 1011/2014; y, 2) La solicitud para acceder a su libertad se recibió el 16 de mayo de 2016, a horas 15:46, y en vista de que se encontraban en audiencia, ésta ingresó a despacho al día siguiente 17 de igual mes y año, a horas 11:00, cuando asistían a otra nueva audiencia –según cronograma de audiencias– siendo resuelto el memorial el 18 del mismo mes y año, a horas 10:40, y subido al sistema IANUS a horas 10:52; con lo cual demuestran que dieron respuesta dentro de las veinticuatro horas que otorgan los arts. 130 y 132 del Código de Procedimiento Penal (CPP).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- denegó
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. De la legitimación pasiva en la acción de libertad
- Entonces, en atención al principio de informalismo de la acción de libertad, ante actos vulneratorios que afectan el derecho a la libertad personal cometidos por funcionarios públicos, en los que solo es posible identificar la institución y el cargo jerárquico, sin que se tenga la posibilidad de individualizar a los funcionarios ni al titular del cargo jerárquico de la entidad, es posible demandar al cargo jerárquico, para que tenga la posibilidad de asumir defensa, informar y en su caso desvirtuar los hechos denunciados
- III.2. Jurisprudencia reiterada sobre la acción de libertad traslativa o de pronto despacho
- III.3. Análisis del caso concreto
- Fragmento 12
- III.3.1. En cuanto a la existencia de falta de legitimación pasiva
- III.3.2. En cuanto a las lesiones del derecho a la libertad
- Fragmento 15
- CONFIRMAR