SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0838/2016-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0838/2016-S2

Fecha: 12-Sep-2016

concedió

La Jueza Pública Civil y Comercial Quinta del departamento de La Paz, constituida en Jueza de garantías, mediante Resolución 347/2016 de 30 de mayo, cursante de fs. 390 a 394, concedió la tutela solicitada, disponiendo dejar sin efecto la Resolución 01/2015 de 20 de agosto, emitida por el Tribunal de Honor Nacional de la SIB, con renovación, lo que significa que los actos posteriores que tienen directa relación quedan también sin efecto, debiendo emitirse una nueva resolución adecuando sus actos, no solamente al Código de Ética Profesional, sino a lo que manda la Constitución Política del Estado; con los siguientes fundamentos: 1) Del contenido de la Resolución 01/2015 se advierte que la misma vulnera en lo esencial el derecho a una resolución fundamentada y motivada, porque no cumple con ninguna de sus finalidades implícitas, que el mismo Código de Ética Nacional ha establecido; 2) La Resolución no establece los motivos, razones o elementos que han llevado a adoptar esa decisión, pues no hace ninguna descripción de los hechos que motivan el proceso; vale decir, no establece de qué presuntas faltas la parte denunciada debía defenderse, como tampoco señala los elementos que inducen a sostener que el denunciado es autor de las mismas; y, 3) La Resolución es arbitraria, porque está expresada en una decisión sin motivación, no da razones que sustenten su decisión, traducido en razones de hecho y no de derecho.