SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0838/2016-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0838/2016-S2

Fecha: 12-Sep-2016

i)

Orlando Canseco Gonzáles, miembro de la SIB, presentó informe oral en audiencia señalando: i) El proceso no empieza con la Resolución 01/2015, sino mucho antes, existe una carta notariada dirigida al Director de la SIB de 6 de febrero de 2015, sin respuesta hasta el presente, otra de 1 de febrero del mismo año, reclamando la falta de respuesta a su nota de “19” (sic), que tampoco fue respondida; por otro lado, existe una Resolución de acta de asamblea, firmada por Marcelo Felipe de Jesús Badani Villegas, Presidente a.i. de la SIB, que corresponde a una reunión de la directiva nacional, en la que los nueve Presidentes Departamentales deciden llamar a elecciones y no lo han hecho; y,  ii) El directorio de acuerdo al estatuto tiene dos años de vigencia no de cuatro, de modo que sus actos están reñidos con la legalidad, no se puede decir que es un directorio legal.