SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0851/2016-S2
Fecha: 12-Sep-2016
I.2.1. Ratificación de la acción
La parte accionante, en audiencia, ratificó los fundamentos de la acción de amparo constitucional, enfatizando que llevada a cabo la audiencia de medidas cautelares contra Karina Jenny Ibieta Ramos por la presunta comisión el delito de peligro de estrago amenazas y coacción en el Juzgado Tercero de Partido y Sentencia de El Alto, por Resolución 172/2015 se dispuso la aplicación de medidas sustitutivas como la presentación de un garante personal y el depósito de una fianza, que al ser apelada de su parte, fue resuelta ante la Sala Penal Primera, determinándose la detención domiciliaria de la imputada, la prohibición del país y la presentación de dos garantes personales; posteriormente, solicitada al Juzgado Cuarto de Partido de Sentencia la revocatoria de las medidas cautelares ante el incumplimiento de la detención domiciliaria y la acusada pedido la modificación de las mismas, el referido Juzgado, por Resolución 132/2015, rechazó ambas pretensiones, siendo también apelada y resuelta por la Sala Penal Primera a través del Auto de Vista 243/2015, disponiendo dejar sin efecto la detención domiciliaria de la acusada, cuando lo que ésta había solicitado, era se deje sin efecto las Resoluciones 172/2015 y 154/2015; de esta manera, la Sala mencionada falló de forma ultra petita, otorgándole así la libertad a la imputada.