SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0851/2016-S2
Fecha: 12-Sep-2016
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
La accionante denuncia la vulneración de sus derechos al debido proceso, a la tutela judicial efectiva e igualdad de las partes, debido a que los Vocales de la Sala Penal Primera, dentro del proceso penal por la presunta comisión del delito de peligro de estrago, amenazas y coacción, seguido por el Ministerio Público a instancia suya, modificaron la medida cautelar impuesta a la denunciada, fundamentando aspectos que no fueron cuestionados por ésta; es decir, por medio del Auto de Vista 243/2015, dispusieron dejar sin efecto la detención domiciliaria de la acusada, cuando lo que había solicitado, era se deje sin efecto las Resoluciones 172/2015 y 154/2015; de esta manera, la Sala mencionada falló de forma ultra petita, otorgándole así la libertad a la imputada.