SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0854/2016-S2
Fecha: 12-Sep-2016
a)
Solicita se conceda la tutela impetrada, disponiéndose: a) El cumplimiento inmediato de la conminatoria de reincorporación emanada por el Jefe Regional de Trabajo; b) Se dejen sin efecto el ilegal y arbitrario informe de alcotest de 22 de febrero de 2016 y el memorando de agradecimiento de servicios, por injustificado e ilegal; c) Su inmediata reincorporación al mismo puesto de trabajo que ocupaba antes del despido arbitrario, conforme el art. 10 del Decreto Supremo (DS) 28699 de 1 de mayo de 2006; y, d) El pago de las asignaciones familiares como el pago prenatal y consiguiente natalidad de acuerdo a ley; asimismo, de los salarios devengados hasta la fecha y conforme al promedio de los tres últimos meses trabajados, más derechos colaterales adquiridos; y, finalmente, de los daños, costos, costas y perjuicios.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.2.1. Ratificación de la acción
- I.2.2. Informe de las personas demandadas
- 1)
- I.2.3. Intervención del tercero interesado
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- En caso de que una trabajadora o un trabajador, ante un eventual retiro intempestivo sin causa legal justificada opte por su reincorporación, deberá denunciar este hecho ante las Jefaturas Departamentales de Trabajo; entidades que deberán asumir el trámite previsto por el DS 0495, emitiendo si corresponde la conminatoria de reincorporación en los términos previstos en esta norma, y en caso de que el empleador incumpla la conminatoria, el trabajador o trabajadora podrá interponer la acción de amparo constitucional, misma que resulta más idónea…
- Fragmento 18
- III.2. Sobre la protección constitucional de los progenitores de niños o niñas menores de un año traducida en su inamovilidad funcionaria
- III.3. Para el ejercicio del derecho a la inamovilidad laboral prevista en el art. 48.VI de la CPE, no se requiere el pre aviso al empleador del estado de gravidez o de la existencia del hijo o hija menor de un año
- Fragmento 21
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR en todo