SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0867/2016-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0867/2016-S1

Fecha: 20-Sep-2016

II.1.

II.1.    Por memorial presentado el 18 de junio de 2014, Raúl Alberto Aguilar García, interpuso excepción de incompetencia en razón de materia, argumentado que corresponde a la jurisdicción civil conocer y resolver el conflicto generado por el documento civil firmado con Lizeth Cayoja Herrera (fs. 18 a 19). Por Auto Interlocutorio 594/2014 de 24 de julio, el Juez Primero de Instrucción en lo Penal, declaró procedente la excepción de incompetencia por razón de materia, disponiendo que una vez ejecutoriado el mismo, se proceda a su remisión ante el juzgado de turno en lo civil y comercial (fs. 2 a 3).