SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0928/2016-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0928/2016-S3

Fecha: 05-Sep-2016

denegó

La Sala Civil, Comercial y Familiar Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, constituida en Tribunal de garantías, por la Resolución                          SCCF II 31/2016 de 11 de mayo, cursante de fs. 114 a 116 vta., denegó la tutela solicitada, en mérito a los siguientes fundamentos: 1) Existe jurisprudencia constitucional, que establece que procede nueva valoración probatoria, cuando es totalmente evidente una indefensión material y que sea determinante para la decisión final adoptada, cuestión que fue en la presente Resolución debidamente desvirtuada, afirmándose que toda la prueba aportada al proceso y la observada por la parte accionante como base de su demanda fue debidamente leída y valorada; por ello, no se vulneró los derechos impugnados por la accionante que pretende que el Tribunal de garantías, se constituya en una cuarta instancia ordinaria, no pudiendo este ordenar una nueva valoración e interpretación de la norma sustantiva o adjetiva, menos puede ella misma hacerla, siendo evidente que lo valorado e interpretado por los Tribunales de instancia, es incensurable en la acción de amparo constitucional; y, 2) La parte accionante accedió procesalmente a impugnaciones como la reposición y el incidente de nulidad de obrados, mismas que fueron respondidas, respetando el debido proceso y como efecto también la seguridad jurídica, por ello, no existió indefensión procesal, al haber accedido a los recursos e incidentes de ley.