Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0953/2016-S3
Fecha: 13-Sep-2016
i) Sobre la falta de fundamentación e interpretación de la línea jurisprudencial
i) Sobre la falta de fundamentación e interpretación de la línea jurisprudencial, se constató que lo alegado por el recurrente -ahora accionante- no es evidente, llegándose a establecer que la Resolución impugnada expuso de manera clara, fundamentada y motivada por qué arribó a su determinación, advirtiéndose que las Resoluciones 101/2015 de 9 de abril y 379/2015 de 2 de octubre, constituyen líneas jurisprudenciales de esa Sala, en base a las cuales se dictó el fallo de primera instancia, no pudiendo atenderse al alegato del ahora accionante;
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.1.2. Derechos y garantía supuestamente
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- 1)
- i)
- denegó
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Jurisprudencia reiterada: La revisión de la actividad jurisdiccional de otros tribunales
- en tres dimensiones distintas
- la exigencia de la motivación de las resoluciones, lo que significa, que toda autoridad que conozca de un reclamo, solicitud o que dicte una resolución resolviendo una situación jurídica, debe ineludiblemente exponer los motivos que sustentan su decisión, para lo cual, también es necesario que exponga los hechos establecidos, si la problemática lo exige, de manera que el justiciable al momento de conocer la decisión del juzgador lea y comprenda la misma
- la motivación puede ser concisa, pero clara y satisfacer todos los puntos demandados,
- el principio de congruencia
- III.3. Análisis del caso concreto
- i) Sobre la falta de fundamentación e interpretación de la línea jurisprudencial
- iii) Acerca de la falta de legitimación activa de Oscar Eduardo Yupanqui Quispe -hoy tercero interesado-
- v) En relación al allanamiento
- CONFIRMAR