Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0953/2016-S3
Fecha: 13-Sep-2016
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante denuncia la vulneración de sus derechos a percibir un salario justo, a la salud y al debido proceso en sus elementos de fundamentación, motivación, congruencia y valoración de la prueba, puesto que la Resolución SD-AP 013/2016 de 8 de enero, al momento de confirmar la Sentencia Disciplinaria 0116/2015 de 4 de agosto, no se pronunció sobre todos los puntos de agravio vertidos en su memorial de apelación, basándose únicamente en la Resolución 150/2014 de 13 de mayo que declaró ilegal su allanamiento a la recusación formulada por la hoy tercera interesada, sin interpretar la jurisprudencia vertida en la SC 0604/2005-R.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.1.2. Derechos y garantía supuestamente
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- 1)
- i)
- denegó
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Jurisprudencia reiterada: La revisión de la actividad jurisdiccional de otros tribunales
- en tres dimensiones distintas
- la exigencia de la motivación de las resoluciones, lo que significa, que toda autoridad que conozca de un reclamo, solicitud o que dicte una resolución resolviendo una situación jurídica, debe ineludiblemente exponer los motivos que sustentan su decisión, para lo cual, también es necesario que exponga los hechos establecidos, si la problemática lo exige, de manera que el justiciable al momento de conocer la decisión del juzgador lea y comprenda la misma
- la motivación puede ser concisa, pero clara y satisfacer todos los puntos demandados,
- el principio de congruencia
- III.3. Análisis del caso concreto
- i) Sobre la falta de fundamentación e interpretación de la línea jurisprudencial
- iii) Acerca de la falta de legitimación activa de Oscar Eduardo Yupanqui Quispe -hoy tercero interesado-
- v) En relación al allanamiento
- CONFIRMAR