SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0994/2016-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0994/2016-S3

Fecha: 22-Sep-2016

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Fue elegido como Consejero de Administración de COTEL Ltda. y posesionado el 23 de diciembre de 2013; empero, por realizar observaciones a algunos informes de los miembros del citado Consejo, estos emitieron la arbitraria Resolución Administrativa (RA) 50/2014 de 29 de mayo, otorgándole una licencia que no solicitó y sin que medie un proceso previo. Por tales hechos presentó una acción de amparo constitucional sin haber agotado los mecanismos impugnatorios internos ante el Consejo de Vigilancia, razón por la que fue declarada improcedente al no haberse cumplido con el principio de subsidiariedad.

En este contexto, el 8 de diciembre de 2014 impugnó la decisión asumida por el Consejo de Administración al Consejo de Vigilancia; sin embargo, ante el silencio y falta de respuesta, el 23 del mismo mes y año, reiteró su  solicitud, siendo respondido por decreto de 8 de enero de 2015, en el que se le indicó que debía adecuar su petición a procedimiento, negándole de esta manera obtener respuesta a la impugnación presentada contra la ilegal RA 50/2014, viéndose obligado a insistir en su petición mediante memorial de 19 del mismo mes y año, buscando se cumpla con lo dispuesto por el Tribunal de garantías.