Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1045/2016-S3
Fecha: 30-Sep-2016
II.5.
II.5. La Fiscal de Materia codemandada presentó imputación formal y solicitud de aplicación de medidas cautelares el 24 de marzo de 2016 contra el hoy accionante por la presunta comisión del delito de violación, ante la Jueza Tercera de Instrucción en lo Penal de Quillacollo del departamento de Cochabamba -autoridad demandada-, quien mediante Auto de la referida fecha, dispuso: “Téngase por informado el inicio de investigación y la imputación formal…” (sic), señalando audiencia de consideración de medidas cautelares para 24 de marzo de 2016 a horas 14:30 (fs. 64 a 70 y 105).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- I.2.1. Ratificación de la acción
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Vías para denunciar aprehensiones ilegales ante el juez cautelar como contralor de la etapa preparatoria: denuncia directa e interposición de actividad procesal defectuosa
- Cabe precisar que, en caso de activarse este tipo de incidente, impugnando una aprehensión supuestamente ilegal, dicho trámite debe ser concluido en todas sus instancias, y cuando se hubiere obtenido una resolución final, si aún se constatan vulneraciones al derecho a la libertad o de locomoción no reparadas, entonces corresponderá recién acudir a la jurisdicción constitucional mediante el presente mecanismo de defensa.
- Fragmento 15
- III.3. Análisis del caso concreto
- el presunto indebido e ilegal arresto y aprehensión
- presunta ilegalidad de la Resolución de aprehensión
- CONFIRMAR