AUTO CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0001/2017-O
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0001/2017-O

Fecha: 13-Ene-2017

I.1.1. Hechos que motivan la queja

El 13 de octubre de 2016, a través de memorial de queja por incumplimiento de la SCP 0094/2016-S1, expuso ante el Juez Técnico del Tribunal de Sentencia Penal Primero, Juzgado Público y de Sentencia Penal de Entre Ríos del departamento de Tarija, constituido en Juez de garantías, indicando que pone en conocimiento copia del decreto de 26 de septiembre del mismo año, emitido por la Sala Primera del Tribunal Agroambiental, mediante el cual ordenó se proceda al sorteo del proceso contencioso administrativo para que se emita la sentencia correspondiente, en el entendido que la indicada causa no fue anulada; al respecto, señaló que conforme a la Resolución 07/2015 de 16 de septiembre, se determinó la plena vigencia de la Resolución Final de Saneamiento RFS-ST 0076/2002 de 10 de diciembre, decisión que fue confirmada por la SCP 0094/2016-S1; por lo que, el indicado procedimiento sustanciado ante el Tribunal Agroambiental habría quedado tácitamente nulo, retrotrayéndose todo lo actuado hasta quedar firme la Resolución Final de Saneamiento RFS-ST 0076/2002; en mérito a ello, solicitó se ordene a dicho Tribunal remita los antecedentes del caso al Instituto Nacional de Reforma Agraria (INRA) a objeto de que se prosiga con el trámite para la otorgación del título de propiedad sobre el predio “El Porvenir” en favor de los accionante. El 15 de noviembre del mismo año, reiteró su denuncia solicitando que se deje sin efecto las Resoluciones de 26 de septiembre y de 28 de octubre del mismo año, emitidas por la Sala Primera del Tribunal Agroambiental; asimismo, ante el incumplimiento de la SCP 0094/2016-S1, solicitó se imponga a las autoridades demandadas una multa progresiva de Bs2 000.- (dos mil 00/100 bolivianos) por día, mientras emitan una resolución mediante la cual reconozcan que todo el trámite de referencia fue anulado y no existe motivo para dictar sentencia alguna.