AUTO CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0001/2017-O
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0001/2017-O

Fecha: 13-Ene-2017

III.2.1. La Resolución de 21 de noviembre de 2016, dictada por el Juez de garantías

El Juez de garantías dictó La Resolución 01/2016 de 21 de noviembre, cursante de fs. 88 a 90 vta., declarando probada la denuncia por incumplimiento, puesto que la SCP 0094/2016-S1 dejó sin efecto la Sentencia Agroambiental Nacional               S1a 14/2015, emitida por la Sala Primera del Tribunal Agroambiental; asimismo, el Juez de garantías dispuso dejar sin efecto los proveídos de 26 de septiembre y de 28 de octubre ambos de 2016, debiendo remitir antecedentes a la Dirección Nacional del INRA a objeto de dar cumplimiento a la mencionada Sentencia Constitucional Plurinacional; así también, ante el retraso en el cumplimiento de la SCP 0094/2016-S1, sancionó a los hoy demandados con el pago de una multa progresiva en la suma de Bs1 000.- (mil bolivianos) por día hasta el cumplimiento de la misma.     

Ahora bien, en el Fundamento Jurídico III.1 de este fallo constitucional se  señaló que la queja por incumplimiento es una herramienta jurídica para que cualquiera de los legítimos interesados en una causa constitucional puedan reclamar, denunciar o acusar el cumplimiento, incumplimiento o el sobrecumplimiento de una resolución emitida por el Tribunal Constitucional Plurinacional con calidad de cosa juzgada; en ese antecedente, a efectos de resolver la denuncia de incumplimiento, es preciso puntualizar que en la instancia constitucional el hoy denunciante cuestionó que la Sentencia Agroambiental Nacional S1a 14/2015, no se encontraba de acuerdo a los aspectos que hacían al proceso de saneamiento de la Tierras Comunitarias de Origen SAN-TCO Weenhayek y a los informe emitidos por el INRA; evidenciando la Sala Primera Especializada de este Tribunal Constitucional Plurinacional a través de la SCP 0094/2016-S1, la existencia de ausencia de una debida fundamentación en dicha Sentencia Agroambiental Nacional; empero, nunca se dispuso la nulidad del proceso contencioso  administrativo; por lo que, es necesaria la emisión de una nueva Sentencia Agroambiental Nacional debidamente fundamentada para el cumplimiento de la SCP 0094/2016-S1, misma que deberá ser pronunciada sin previo sorteo y sin espera de turno.   

Respecto a la sanción del pago de una multa progresiva          de Bs1 000.- por día hasta el cumplimiento de la                        SCP 0094/2016-S1 impuesta a los ahora demandados; si bien, este Tribunal así como los jueces y tribunales de garantías, para el cumplimiento de las resoluciones están facultados para adoptar las medidas necesarias, entre las cuales se encuentra  la imposición de multas progresivas, no es menos evidente que en el caso presente, la multa impuesta por el Juez de garantías resulta desproporcionada y no tomó en cuenta las razones por las cuales se hubiese producido ese incumplimiento, cuando con carácter previo, bien se pudo imponer las amonestaciones correspondientes, conminando al cumplimiento estricto de lo ordenado en la SCP 0094/2016-S1.