Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0048/2017-O
Fecha: 20-Oct-2017
II.2.
II.2. Dando cumplimiento a la SCP 0225/2016-S2, los Magistrados de la Sala Contenciosa, Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Segunda del Tribunal Supremo de Justicia; pronunciaron el Auto de Supremo 379/2016 de 30 septiembre, declarando infundado el recurso de casación en la forma y fondo interpuesto por Edwin Delgado Rivas (fs. 111 a 113 vta.).
- acción de amparo constitucional
- I.1. Contenido de la denuncia de incumplimiento
- I.2. Petitorio
- I.3. Informe de las autoridades denunciadas
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA RESOLUCIÓN
- frente a un eventual incumplimiento o demora en la ejecución de una decisión constitucional, el legislador ha dispuesto para la etapa de ejecución de fallos, un mecanismo procesal idóneo para la denuncia por incumplimiento de decisiones emergentes de acciones tutelares, destinado a consolidar una real materialización y por ende un efectivo cumplimiento a sentencias constitucionales con calidad de cosa juzgada
- III.2. Análisis de la denuncia
- CONFIRMAR en todo
- NO HA LUGAR