SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0071/2017
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0071/2017

Fecha: 24-Oct-2017

a)

Mediante escrito presentado el 11 de septiembre de 2017, cursante de fs. 149 a   151 vta., la citada autoridad judicial alegó que: a) Existiendo imputación formal contra Eulogio Cruz Chaca se dio inicio a la etapa preparatoria, señalándose audiencia de medidas cautelares de carácter personal para el 1 de junio de ese año, disponiéndose posteriormente varias audiencias para tal efecto; no obstante, el indicado imputado planteó recusación en su contra sin fundamento legal que fue resuelto por Resolución 22/2017 de 14 de julio -rechazándose in limine ese recurso-; b) El imputado también interpuso excepciones de prejudicialidad y litispendencia que fueron rechazadas por Resolución 26/2017 de 8 de agosto; posteriormente, el mismo planteó nulidad de obrados que igualmente fue rechazada por Resolución 30/2017 de 16 de ese mes; c) Fue interpuesta una acción de libertad en su contra que fue denegada por Resolución constitucional 7/2017 de 23 del precitado mes; en la señalada fecha, fue notificada con el       AC 0118/2017-CA que resolvió la admisión del presente conflicto de competencia jurisdiccional, razón por la que pronunció el Auto de 28 del señalado mes y año, disponiendo que se aguarde la resolución del Tribunal Constitucional Plurinacional; y, d) Su autoridad ejerció el control jurisdiccional y no usurpó funciones, más aún cuando dispuso en primera instancia que se remitan antecedentes a la justicia indígena originario campesina; sin embargo, en cumplimiento al Auto de Vista 23/2017, emitió la Resolución 08/2017 declarándose competente para conocer la investigación penal por la presunta comisión del delito de discriminación, correspondiendo al mencionado Tribunal dirimir cuál de las jurisdicciones es la competente.