Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1013/2017-S3
Fecha: 04-Oct-2017
Fragmento 9
Freddy Maldonado Soliz, por el Control Social, en audiencia, precisó que solo cuenta con informes del INRA, del Tribunal Agroambiental y de prensa, motivo por el que la población de Quillacollo se presenta no como una sola zona sino como una unidad territorial, valorando la presencia de las autoridades municipales, el compromiso con el pueblo y señalando que velan por el agua ahora y en el futuro.
- acción popular
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- ZONA DE RECARGA HÍDRICA
- I.1.3. Petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Juez de garantías
- a)
- 1)
- i)
- Fragmento 9
- concedió
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Jurisprudencia reiterada sobre la naturaleza jurídica de la acción popular
- así, los efectos de la tutela están circunscritos a la anulación de todo acto o el cumplimiento del deber omitido, que viole o amenace violar derechos o intereses colectivos, relacionados con el objeto de la acción
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR en parte