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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1013/2017-S3
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1013/2017-S3

    Fecha: 04-Oct-2017

    I.1.3. Petitorio

    Solicita se conceda la tutela, y en consecuencia, se disponga que las personas demandadas desocupen los predios municipales considerados bienes de dominio público, sea en el término de cuarenta y ocho horas a partir de su notificación, bajo apercibimiento de disponer el apoyo de la fuerza pública en caso de incumplimiento.

    • acción popular
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • ZONA DE RECARGA HÍDRICA
    • I.1.3. Petitorio
    • I.2. Audiencia y Resolución del Juez de garantías
    • a)
    • 1)
    • i)
    • Fragmento 9
    • concedió
    • II.1.
    • II.2.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1.  Jurisprudencia reiterada sobre la naturaleza jurídica de la acción popular
    • así, los efectos de la tutela están circunscritos a la anulación de todo acto o el cumplimiento del deber omitido, que viole o amenace violar derechos o intereses colectivos, relacionados con el objeto de la acción
    • III.2.  Análisis del caso concreto
    • CONFIRMAR en parte

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