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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1028/2017-S3
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1028/2017-S3

    Fecha: 10-Oct-2017

    acción de amparo constitucional

    En revisión la Resolución de 21 de agosto de 2017, cursante de fs. 93 a 96 vta., pronunciada dentro de la acción de amparo constitucional interpuesta por Osvaldo Boris Gonzales Huallpa en representación legal de Asunta Saavedra de Ureña y Carmen Melania Saavedra de Gutiérrez contra Clelia Elizabeth La Fuente Torrico, Jueza Pública Civil y Comercial Decimotercera de la Capital del departamento de Cochabamba.

    • acción de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • se ordena que se integre a la Litis, José Edgar Saavedra
    • I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
    • I.1.3. Petitorio
    • a)
    • denegó
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1.  Jurisprudencia respecto a la improcedencia de la acción de amparo constitucional en atención a su carácter subsidiario
    • 1) las autoridades judiciales o administrativas no han tenido la posibilidad de pronunciarse sobre un asunto porque la parte no ha utilizado un medio de defensa ni ha planteado recurso alguno, así: a) cuando en su oportunidad y en plazo legal no se planteó un recurso o medio de impugnación
    • III.2.  Análisis del caso concreto
    • CONFIRMAR

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