SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1072/2017-S2
Fecha: 09-Oct-2017
II.2.
II.2. Por Acusación Formal de 23 de abril de 2015, emitido por el Fiscal de Materia, presentado ante el Juez precedentemente referido, contra los accionantes por la presunta comisión de los ilícitos penales de asociación delictuosa y estafa con víctimas múltiples, disponiendo se remita la acusación ante el tribunal de sentencia de turno, se radique la misma y previas formalidades legales se dicte auto de apertura de juicio que deberá ser sustanciada y resuelta en la sede de funciones del respectivo tribunal de sentencia. Por decreto de 24 del mismo mes y año, la mencionada autoridad jurisdiccional dispuso se tenga presente el requerimiento conclusivo de Acusación Formal y que por Secretaría se proceda al sorteo correspondiente (fs. 37 a 43).
- acción de amparo constitucional
- I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
- I.1.3. Petitorio
- a)
- concedió en parte
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- Fragmento 13
- III.2.
- III.3. Análisis en el caso concreto
- concedido en parte
- CONFIRMAR en todo