SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1104/2017-S1
Fecha: 12-Oct-2017
399
Con relación al rechazo que pueden ser objeto los recursos presentados ante las autoridades competentes, el art. 399 del adjetivo penal, indica: “Si existe defecto u omisión de forma, el tribunal de alzada lo hará saber al recurrente dándole un término de tres días para que lo amplíe o corrija, bajo apercibimiento de rechazo.
De lo glosado precedentemente, se establece en principio que, todos los plazos previstos por el Código de Procedimiento Penal, son perentorios e improrrogables; por otra parte, los plazos determinados por días, comienzan a correr al día siguiente hábil de practicada la notificación y vencerán a las veinticuatro horas del último día hábil señalado.
Por otra parte, todas las resoluciones pronunciadas por las autoridades jurisdiccionales en las diferentes instancias del proceso penal, son recurribles; es decir, existe la posibilidad de impugnar las mismas ante una autoridad superior en jerarquía si se considera que es vulneratoria de los derechos que les asisten a las partes; en el caso específico de la apelación restringida, la misma debe ser interpuesta por escrito en el plazo de quince días de notificada la sentencia; asimismo, si existiese algún defecto u omisión de forma, el tribunal de alzada le hará saber al recurrente, otorgándole un término de tres días para que lo amplíe o corrija, bajo apercibimiento de rechazo.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- concedió
- II.1
- II.2
- II.3
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- constituye el derecho de toda persona a un proceso justo y equitativo, en el que sus derechos se acomoden a lo establecido por disposiciones jurídicas generales aplicables a todos aquellos que se hallen en una situación similar
- No es solamente poner en movimiento mecánico las reglas de procedimiento sino buscar un proceso justo, para lo cual hay que respetar los principios procesales de
- Fragmento 13
- se computará sólo los días hábiles, salvo que la ley disponga expresamente lo contrario
- El recurso de apelación restringida será interpuesto por escrito, en el plazo de quince días de notificada la sentencia
- 399
- el régimen de las impugnaciones, constituye un elemento imprescindible del debido proceso, porque a través de ella es posible cuestionar los fallos dentro de una misma estructura jurídica de un Estado
- III.4
- derecho de toda persona a un proceso justo y equitativo
- Fragmento 20