SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1105/2017-S1
Fecha: 12-Oct-2017
II.1.
II.1. Cursa Sentencia 167 de 5 de noviembre de 2007, emitida por el entonces Juez Décimo de Partido Civil y Comercial del departamento de Santa Cruz, que declaró improbada la demanda de desocupación y entrega de inmueble planteada por Salvador Ric Riera, así como la reconvención interpuesta por Ernesto Franco Paz y Matilde Pessoa Moreno, sobre nulidad de Testimonio de poder 335/99 y nulidad de transferencia de 14 de mayo de 2002 y probada la excepción de falta de acción y derecho de la parte demandante, que fue apelada por ambos litigantes; a cuyo efecto, se emitió el Auto de Vista 342 de 18 de julio de 2009 que revocó y declaró probada la demanda referida e improbada dicha reconvención, como probada la excepción mencionada, ordenando la desocupación del inmueble y su entrega en el plazo de tres días (fs. 184 a 189 vta. y 214 a 216).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- III.
- III.1. Sobre el nuevo contexto constitucional desde una visión plural
- III.2. Sobre la acción de amparo constitucional
- la fundamentación o motivación de las resoluciones judiciales
- III.4. Respecto a la tutela judicial efectiva
- III.5. Análisis del caso concreto
- i)
- ii)
- CONFIRMAR