SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1112/2017-S3
Fecha: 31-Oct-2017
denegó
El Juez Público Civil y Comercial Decimosegundo de la Capital del departamento de Santa Cruz, constituido en Juez de garantías, por Resolución 10/2017 de 5 de septiembre, cursante de fs. 1808 a 1809 vta., denegó la tutela solicitada, en base a los siguientes fundamentos: i) La parte accionante pretende que se deje sin efecto la RM 062, mediante la cual se confirmó a su vez la Resolución Administrativa Regulatoria ATT-DJ-RA TL LP 172/2016 y la Resolución Revocatoria ATT-DJ-RA RE-TL 41/2016, con el fundamento de que el Reglamento de Sanciones y Procedimientos Especiales por Infracciones al Marco Jurídico Regulatorio del Sector de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo 25950, habría sido abrogado por la Ley General de Telecomunicaciones, Tecnologías de Información y Comunicación; ii) De los medios probatorios presentados se tiene que la Empresa accionante inició una demanda contencioso administrativa, siendo admitida argumentando las mismas vulneraciones a sus derechos; igualmente, interpuso con anterioridad otra acción de amparo constitucional contra las mismas autoridades demandadas que denegaron la tutela; y, iii) La Disposición Transitoria Séptima de la referida Ley, estableció que entraría en vigencia en la fecha de su publicación, con aplicación progresiva conforme a la aprobación de sus reglamentos específicos; en tanto se aprueban estos, se aplicarán los Reglamentos vigentes de telecomunicaciones y postal en todo lo que no contradiga lo dispuesto por esa Ley, lo que implica que el Decreto Supremo 25950, para la imposición de sanciones por incumplimiento aún se encuentra vigente.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- I.2.4. Intervención de la Procuraduría General del Estado
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 13
- III.1. Activación paralela del proceso contencioso administrativo y la acción de amparo constitucional, provoca denegatoria de tutela, entendimiento reiterado
- b)
- c)
- d)
- III.2.
- CONFIRMAR