SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1112/2017-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1112/2017-S3

Fecha: 31-Oct-2017

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

La parte accionante denuncia la vulneración de sus derechos y garantías a la reserva de ley, a la prohibición retroactiva de la norma, a la vigencia y legalidad de las normas, a la primacía constitucional y a la favorabilidad, alegando que a partir de las nuevas disposiciones previstas en la Ley General de Telecomunicaciones, Tecnologías de Información y Comunicación, el régimen de infracciones y sanciones sería establecido a través de un reglamento en un plazo máximo de ciento veinte días desde la promulgación de dicha norma, y que mientras tanto se aplicarían los Reglamentos vigentes en todo lo que no contravenga a la referida Ley; no obstante de ello, la autoridad demandada luego de cinco años del vencimiento del plazo de los ciento veinte días para reglamentar la aplicación de la citada Ley y las multas aplicables a las infracciones del art. 97 de la indicada Ley en las Resoluciones emitidas a partir del 12 de febrero de 2016 hasta el 23 de febrero de 2017, basó expresamente sus Resoluciones sancionatorias en las normas que ya fueron derogadas consistentes en el Reglamento de Sanciones y Procedimientos Especiales por Infracciones al Marco jurídico Regulatorio del Sector de Telecomunicaciones aprobado mediante Decreto Supremo 25950, norma con la cual procedieron a determinar una sanción de manera ilegal y lesiva a sus derechos.