Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 1125/2017-S1
Fecha: 12-Oct-2017
II.4.
II.4. Cursa Escritura Pública 477/2017 de 22 de marzo, sobre compraventa de un bien inmueble ubicado en la calle Héroes de Boquerón esquina José Pol, Zona Muyurina, Lote A, predio 027, Distrito 11, sub distrito 09, Manzano 075, con una superficie de 928.50 m² de la ciudad de Cochabamba, que otorgó Wilma Patricia Escobar Salguero, por si y en representación de Oscar José Antonio Zegada Claure en favor de Eliana Quinteros Balboa. registrado en DD.RR. bajo la matrícula 3.01.1.99.0013215 de 31 de marzo de 2017 (fs. 3 a 7 vta.).
- Dunia Rivas Peredo
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- a)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA RESOLUCIÓN
- III.1.Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- III.2. De la acción de amparo constitucional
- III.3. Sobre la legitimación activa
- III.4. Sobre el debido proceso en sede administrativa y judicial
- el derecho al debido proceso no solamente es exigible dentro de los procesos judiciales, sino que también abarcan a los procesos administrativos, jurisprudencia que no contradice los principios constitucionales; y que por lo tanto, es compatible con la Constitución vigente
- III.5. Análisis del caso concreto
- REVOCAR
- 1°