SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1132/2017-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1132/2017-S2

Fecha: 23-Oct-2017

i)

Los accionantes, a través de su abogado, ampliaron su demanda señalando lo siguiente: i) La parte demandada no demostró que la vulneración de los derechos denunciados sea falsa, desviando la atención al punto sobre el resarcimiento de daño, sobre este tema de considerarse que “EMIRSA” fue sancionado al pago de millones en otro país, y que si bien no se estimará el pago por la cantidad que se pretende; empero, resulta evidente el daño a la fauna y a la flora que ha causado, aplicando la teoría de dividir para reinar, ejemplo de ello es la Sentencia Constitucional Plurinacional emitida en el caso de Eliodoro Valente Chambi; ii) Los fallos constitucionales y documentos referentes a los procesos del accionante Marcial Hipólito Ojeda Pinto, pretenden desviar la atención del caso; iii) La empresa demandada no demostró una verdadera restitución de los derechos conculcados ni la suspensión de los actos ilegales, por lo cual la presente acción popular resulta válida; si bien resulta discutible el monto de dinero pretendido como compensación, no debe desconocerse que la finalidad es proteger la vida, ya que existen dos personas que desde su niñez tienen problemas de salud producidos por respirar el aire y beber agua contaminados, sin haber recibido tratamiento especializado por falta de dinero, lo que también impide presentar un certificado que acredite que las enfermedades que padecen son producto del cianuro; y, iv) Los medios de prensa informaron del nacimiento de ganado con tres cabezas y tres patas.