SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1156/2017-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1156/2017-S1

Fecha: 19-Oct-2017

Fragmento 21

De la revisión de los antecedentes cursantes en el cuaderno procesal, se tiene que la Resolución del Juez a quo, a tiempo de efectuar la valoración de las pruebas presentadas señaló que el acta de garantía fue otorgada por el imputado unilateralmente, y no se acreditó previa citación a la víctima para la firma de las misma, de modo según su criterio, el imputado en libertad constituiría peligro efectivo para la víctima, ello debido al vínculo familiar y por el grado de dependencia que tiene con ella y por la vulnerabilidad en la que se encuentra en razón a su minoría de edad y género, determinación que -según señalan los accionantes- resulta contraria a la Resolución 128/2017 de 10 de abril, toda vez que el abogado de la defensa manifestó que la menor habría adquirido la mayoría de edad, de lo que se advierte que existe contradicción entre ambas resoluciones, dejándolo en indefensión; asimismo, señala que  también se efectuó una errónea valoración de los nuevos elementos de convicción presentados ante la autoridad jurisdiccional, habiendo desnaturalizado los requisitos, pues sostiene que el acta de garantía presentada como medio probatorio para desvirtuar el riesgo procesal del art. 234.10 del CPP, debe ser recíproca.