Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1182/2017-S1
Fecha: 24-Oct-2017
II.1.
II.1. Mediante escritura pública de protocolización de actuados judiciales, de 17 de mayo de 2012, suscrita por el Juzgado Segundo de Partido en lo Penal del departamento de La Paz, se tiene establecido que, la accionante, se adjudicó en venta judicial, un lote de terreno de 1116 mts2 de superficie, ubicado en la zona de Alpacoma de la ciudad de El Alto, dado en calidad de fianza por María Graciela Machicado Solíz y gravado en tal calidad en DD.RR. bajo matrícula computarizada 04092765 (fs. 73 a 79 vta.).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.2. Informe de los funcionarios demandados
- a)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre el derecho a la petición
- Fragmento 12
- III.2. La acción de amparo constitucional no es el medio para dilucidar derechos y hechos controvertidos
- III.3. Análisis del caso concreto
- III.4. Otras consideraciones
- CONFIRMAR