Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1144/2017-S2
Fecha: 06-Nov-2017
II.6.
II.6. Cursa nota de Pascualina Durán Burgos, de 28 de septiembre de 2017 mediante el cual, dirigiéndose al Gerente General de COSAALT Ltda., señala que su sobrina Ruth Delicia Duran Alejandro, estaría tratando de conectar agua potable y alcantarillado de manera irregular para un cuarto dentro de su inmueble, con su supuesta autorización, indicando que su persona jamás dio autorización expresa para una nueva conexión (fs. 12 de anexo 1).
- acción de
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Rechazo de la acción de amparo constitucional
- I.2.2. Admisión de la acción de amparo constitucional
- a)
- 1)
- denegar
- II.2.
- II.4.
- II.6.
- II.7.
- Fragmento 12
- III.1. De la acción de amparo constitucional
- III.2. El derecho al agua
- III.3. Sobre el servicio básico de alcantarillado como derecho humano: Su respeto por particulares en casos de servidumbre de paso de conexiones
- III.4. Las medidas de hecho y los presupuestos de activación de la acción de amparo constitucional
- ) Evitar abusos contrarios al orden constitucional vigente; y, b) Evitar el ejercicio de la justicia por mano propia
- En cuanto a la flexibilización del principio de subsidiariedad frente a vías de hecho
- La carga probatoria a ser cumplida por la parte peticionante de tutela
- III.5. Análisis del caso concreto
- Fragmento 21
- REVOCAR en parte