SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0011/2017-S3
Fecha: 03-Feb-2017
1)
Solicita se conceda la tutela y en consecuencia se disponga: 1) La nulidad del Auto 342/2016 de 21 de agosto, pronunciado por el Juez hoy codemandado ordenando el cese de la indebida privación de libertad; 2) La nulidad de la determinación asumida por las autoridades judiciales ahora demandadas en audiencia de 13 de octubre de 2016, respecto a la orden de remisión de actuados al Juez a quo para la emisión de dos resoluciones; 3) La nulidad de la declaración testifical, Resolución de aprehensión, orden de aprehensión, declaración informativa, Resolución de imputación formal y acta de aplicación de medidas cautelares; y, 4) Su libertad irrestricta con la condenación de responsabilidad civil a las autoridades demandadas.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- i)
- concedió en parte
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de libertad traslativa o de pronto despacho
- se busca acelerar los trámites judiciales o administrativos cuando existen dilaciones indebidas, para resolver la situación jurídica de la persona que se encuentra privada de libertad
- hábeas corpus traslativo o de pronto despacho
- III.2. Análisis del caso concreto
- FUNDADO
- la devolución de los antecedentes al [J]uez Quinto en lo penal para que el mismo pueda realizar y pueda subsanar las observaciones claramente establecidas en el presente auto, tomando en cuenta además que una vez emitidas dichas resoluciones deberá proceder a la notificación a todas las partes
- CONFIRMAR