SENTENCIA CONSTITUCiONAL Plurinacional 0015/2017-S2
Fecha: 06-Feb-2017
II.5.
II.5. Mediante memoriales de 19 y 29 de abril de 2016, Geysol Leticia Ortega Escalera, en representación del demandado solicitó la inhibitoria y rechazó la vía conciliatoria, exponiendo problemas de indisciplina, maltrato, falta de respeto, amenazas de atentar contra la integridad física de su familia, de parte de sus trabajadores, entre ellos, Osmar Giovanni Parra Velásquez, quienes habrían incurrido en constantes irregularidades, en cuya virtud, pidió: “SE INHIBA de proceder a citar nuevamente a mi mandante a objeto del conocimiento de cualquiera denuncia laboral…” (sic) y que si el ahora accionante cree tener derecho de reclamar algo, lo haga en la vía jurisdiccional y que la autoridad competente determine lo que corresponde, instando actuar sin usurpar funciones de la jurisdicción laboral (fs. 40 a 43 vta.; y, 47 a 48 vta.).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- Fragmento 4
- i)
- denegó
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Jurisprudencia reiterada sobre el cumplimiento de la conminatoria de reincorporación de las y los trabajadores vía acción de amparo constitucional
- III.2. Análisis del caso concreto
- REVOCAR en todo